14-09-2026 | 09:00
CLIMA | DOLAR

El fiscal federal Patricio Nicolás Sabadini formalizó la ampliación de la imputación penal contra las cuatro personas jurídicas que integran el entramado societario de la cadena de gimnasios Exen.


De acuerdo a lo que informaron fuentes judiciales a NG Federal, al amparo del artículo 304 del Código Penal, la Fiscalía solicitó además la suspensión temporal de las actividades comerciales y de la personería jurídica de las firmas involucradas para frenar el reciclaje de fondos provenientes del narcotráfico.


El Ministerio Público Fiscal imputó formalmente a las firmas Exengym S.R.L., Rana S.R.L., Exen Academy S.A.S. y Pampafitness S.A.S. por haber participado activamente en la inserción, disimulación y blanqueo de activos ilícitos. Según el requerimiento presentado por el fiscal Patricio Nicolás Sabadini ante el Juzgado Federal N° 1 de Resistencia, estas empresas no respondían a una lógica comercial legítima, sino que habrían sido constituidas y operadas como una fachada corporativa para canalizar fondos de origen espurio vinculados al tráfico de estupefacientes y otros delitos de acción pública.


La investigación reconstruyó la acelerada expansión financiera de la firma, la cual habilitó siete sucursales de categoría premium en Resistencia, Pampa del Infierno, Barranqueras y Corrientes entre febrero de 2025 y julio de 2026. Los informes financieros elaborados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) concluyeron que los cuantiosos desembolsos para el alquiler de locales de gran envergadura y la compra de equipamiento no guardaban concordancia con el capital social ni con la capacidad de consumo de las zonas donde se instalaron, evidenciando una disponibilidad inmediata de dinero proveniente de cajas externas al giro del negocio.


Frente a la gravedad del esquema desmantelado —que ya cuenta con el procesamiento firmado contra Federico Clinis Canal, Sergio Clinis Canal, Mauro Lugo Heim, María Graciela Canal y Jorge Vargas—, el fiscal solicitó el llamado a declaración indagatoria de los representantes legales de las cuatro sociedades. Asimismo, amparado en el artículo 518 del Código Procesal Penal de la Nación y en convenios internacionales contra la delincuencia organizada, Sabadini requirió el dictado de medidas cautelares urgentes para congelar la operatividad de los entes societarios y asegurar el eventual decomiso de los bienes aplicados a las maniobras de lavado.



NG Federal



























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